Germán Fernández, Alcalde del Ayuntamiento de Reocin, y vocal de la Comisión de Mancomunidades de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha asistido en Madrid a la última reunión de dicha Comisión donde se trataron importantes asuntos.En primer lugar se informó de la Orden del Ministerio del Interior, de fecha 10 de noviembre de 2.010, por la que se determinan las condiciones para la Asociación de Municipios, con la finalidad de prestar servicios de Policía Local, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas Cuerpos de Seguridad.
En cuanto a los requisitos para que dos o más municipios se puedan asociar, es preciso que estos sean limítrofes y pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma,que no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación del servicio de policía local, y que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere la cifra de 40.000 habitantes.
Para la prestación conjunta de los servicios de policía local, los municipios interesados deberán suscribir el oportuno acuerdo de colaboración y con carácter previo se deberá obtener la autorización de la Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, o en su caso, de la Comunidad Autónoma competente. La Citada Orden Ministerial entró en vigor el pasado día 18 de noviembre de 2.010.
En la reunión, también se analizaron las propuestas del I Congreso de Pequeños Municipios celebrado en Toledo los días 10 y 11 de septiembre de 2010, (donde se concentraron 500 representantes de los pequeños municipios españoles) y las conclusiones acordadas en las Jornadas celebradas en Teruel los días 20 y 21 de octubre de 2010, sobre la despoblación en España.
En cuanto a los requisitos para que dos o más municipios se puedan asociar, es preciso que estos sean limítrofes y pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma,que no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación del servicio de policía local, y que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere la cifra de 40.000 habitantes.
Para la prestación conjunta de los servicios de policía local, los municipios interesados deberán suscribir el oportuno acuerdo de colaboración y con carácter previo se deberá obtener la autorización de la Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, o en su caso, de la Comunidad Autónoma competente. La Citada Orden Ministerial entró en vigor el pasado día 18 de noviembre de 2.010.
En la reunión, también se analizaron las propuestas del I Congreso de Pequeños Municipios celebrado en Toledo los días 10 y 11 de septiembre de 2010, (donde se concentraron 500 representantes de los pequeños municipios españoles) y las conclusiones acordadas en las Jornadas celebradas en Teruel los días 20 y 21 de octubre de 2010, sobre la despoblación en España.


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